jueves, 8 de septiembre de 2016

Las personas residentes en pueblos limítrofes de Valencia y Aragón serán atendidos en los centros sanitarios mas cercanos

El Pleno del Consell ha acordado la remisión a Les Corts Valencianes de un convenio de colaboración entre la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública y el Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón para la prestación de asistencia sanitaria en zonas limítrofes.

Las líneas principales de colaboración de este acuerdo hacen referencia a la atención sanitaria en urgencias, emergencias y transporte sanitario, la atención primaria de salud y la atención especializada de la población de ambas comunidades autónomas. Este convenio deberá ser aprobado por Les Corts Valencianes antes de la firma del mismo.

Este convenio actualiza uno anterior que se firmó en el 2006 y se encontraba vencido. El acuerdo pretende que los habitantes de ambas comunidades puedan continuar beneficiándose de la asistencia sanitaria integral en los centros más cercanos y accesibles a su domicilio, con independencia de donde residan.

El presente acuerdo va a ser de aplicación en las zonas geográficas limítrofes de ambas comunidades. Concretamente, las localidades afectadas por el anterior convenio son: Ademúz (1.149 habitantes); Casas Altas (146), Casas Bajas (188), Castielfabib (275), Torrebaja (435), Vallanca (149), Puebla de San Miguel (79) y Herbés (49). En total suponen una población de 2.460 personas de la Comunitat Valenciana.

Respeto a las zonas de salud y municipios de la Comunidad de Aragón, la población afectada por el convenio es la de los municipios de: La Cuba, Cantavieja, Cañada de Benatanduz, Fortanete, La Iglesuela del Cid, Mirambel, Pitarque, Tronchón y Villarluengo en la zona de salud de Cantavieja; Linares de Mora, Mosqueruela, Puertomingalvo y Valdelinares en la zona de salud de Mosqueruela; Mora de Rubielos, Alcala de la Selva, Cabra de Mora, Fuentes de Rubielos, Gudar, Nogueruelas, Rubielos de Mora, y Valbona, en la zona de salud de Mora de Rubielos; y Sarrión, Abejuela, Abentosa, Arcos de las Salinas, Manzanera, Olba, La Puebla, San Agustín y Torrijas, en la zona de salud de Sarrión. En total suponen una población de 9.348 personas.

Hay que resaltar las características orográficas, demográficas y sociales de las poblaciones afectadas, como la dispersión de la población, los problemas de comunicación derivados de unas carreteras de montaña a veces en mal estado y que sufren una frecuente climatología adversa. A ello se suma el envejecimiento de la población de estos lugares.

Todo ello explica la conveniencia de que los ciudadanos afectados por el convenio sean atendidos en centros de salud cercanos a las poblaciones de residencia de los mismos.


Características del convenio

El objetivo de este acuerdo es facilitar la accesibilidad de la atención sanitaria primaria y especializada más cercana para los pacientes, así como el transporte sanitario y las prestaciones farmacéuticas, de zonas limítrofes de ambas comunidades.

Además, se pretende promover la garantía efectiva de los derechos de los ciudadanos y asegurar la coordinación de los dispositivos sanitarios de ambas comunidades autónomas.

También se contempla potenciar la implicación conjunta de los profesionales sanitarios de ambas comunidades, así como facilitar el intercambio de conocimientos científicos y técnicos.

El convenio estipula que la atención de mayor complejidad será realizada en los centros hospitalarios de referencia más cercanos de la Comunitat Valenciana o de la Comunidad de Aragón, indistintamente, y de acuerdo, siempre, con la aceptación del paciente. Para ello se facilitará el flujo de información de cada paciente correspondiente a la historia clínica u otra información de interés para la gestión del caso.

Respecto al transporte sanitario no urgente será garantizado preferentemente por la comunidad autónoma de origen del paciente. En lo relativo a la asistencia farmacéutica, se dispensarán las recetas en el centro donde sea atendido el paciente.

Las prestaciones sanitarias que se faciliten en aplicación de este convenio y que sean susceptibles de poder ser compensadas se realizarán con cargo al Fondo de Cohesión Sanitaria, el Fondo de Garantía Asistencial o el procedimiento establecido para ello.

Fuente: lasprovincias.es
Fotografía: metroecuador.com.ec